LOMLOE
6 LOMLOE Aspectos más relevantes y calendario de implantación Sostenibilidad. - Las comunidades deberán reducir el impacto ecológico de los centros educativos, en coordinación con las instituciones y organizaciones de su entorno para promover “la cultura de la sostenibilidad ambiental” y contribuir a frenar el cambio climático. Aumento de competencias del Consejo Escolar. - El Consejo Escolar recupera competencias, entre ellas: aprobará el proyecto educativo y la programación general del centro y participará en la selección del director. Escolarización. Medidas contra la segregación escolar. - Se suprime el concepto de “demanda social”. - La “educación pública constituye el eje vertebrador del sistema educativo”, instando a las comunidades a garantizar plazas suficientes en esta red. - Medidas encaminadas a corregir la distribución del alumnado desfavorecido entre las redes pública y concertada. - Las comunidades deberán establecer “una proporción equilibrada del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que deba ser escolarizado en cada uno de los centros públicos y privados concertados”. - Todos los centros estarán obligados a aceptar un porcentaje de la llamada matrícula viva: la de alumnos, normalmente hijos de inmigrantes, que llegan tras la finalización del periodo de admisión ordinario o con el curso ya empezado y suelen acabar mayori- tariamente en centros públicos. - Los Ayuntamientos no podrán ceder suelo para construir centros educativos que no sean públicos. Desarrollo profesional Docente. - Se dispone de un año para diseñar un nuevo sistema de acceso a la profesión docente, de formación inicial y permanente y de desarrollo profesional docente. Profesores Técnicos de FP. - Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. Integración en el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria de todos aquellos que, a la entrada en vigor de la Ley, posean el título de Grado o equivalente. Remoción puesto de trabajo. - Referencia dirigida a los funcionarios “que muestren una manifiesta falta de condicio- nes para ocupar un puesto docente o una notoria falta de rendimiento” podrán ser “removidos de su puesto” y destinados a “tareas que no requieran atención directa con el alumnado”.
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