Licencias, permisos y excedencias para docentes

Guía actualizada de Licencias, Permisos y Excedencias para Docentes 5 GUÍA ACTUALIZADA DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA DOCENTES CAUSA DOCUMENTACIÓN • ASISTENCIA MÉDICA PROPIA, Y DE CÓNYUGE O FAMILIARES DE 1º GRADO DE AFINIDAD O CONSANGUINIDAD • Certificado médico. • El tiempo necesario para su realización. • En los casos en que la asistencia médica no pueda ser concertada fuera del horario de trabajo deberá aportarse justificante en tal sentido. • En caso de asistencia médica de un familiar, se concederá por el tiempo indispensable para el desplazamiento y la consulta durante el horario obligatorio de la jornada de trabajo en la que se recibe la asistencia médica y siempre que no sea posible el acompañamiento de otra persona y se acredite tal circunstancia. • La asistencia a sesiones o tratamientos continuados (diálisis, radioterapia, etc.) se considerará asistencia médica. DURACIÓN OBSERVACIONES CAUSA DOCUMENTACIÓN • ADAPTACIÓN PROGRESIVA DE JORNADA DESPUÉS DE TRATAMIENTOS DE RADIOTERAPIA O QUIMIOTERAPIA • Solicitud. • Informes médicos. • La adaptación podrá extenderse hasta un mes desde la incorporación efectiva y podrá afectar hasta un 25% de la duración de la jornada diaria. • Podrá ser ampliada en un mes más si persisten las circunstancias de su estado de salud. DURACIÓN OBSERVACIONES CAUSA DOCUMENTACIÓN • REDUCCIÓN DE JORNADA POR RAZONES DE GUARDA LEGAL: • MENOR DE 12 AÑOS • HIJO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES O PROBLEMAS DE ADAPTACIÓN PSICOSOCIAL. • PERSONA MAYOR QUE REQUIERA ESPECIAL DEDICACIÓN • PERSONA CON DISCAPACIDAD QUE NO DESEMPEÑE ACTIVIDAD • CUIDADO DIRECTO DE FAMILIAR 2º GRADO AFINIDAD O CONSANGUINIDAD, POR RAZONES DE EDAD, ACCIDENTE O ENFERMEDAD Y NO PUEDA VALERSE POR SI MISMO Y QUE NO DESEMPEÑE ACTIVIDAD RETRIBUIDA • Solicitud. • Libro de familia. • Informes médicos. DURACIÓN OBSERVACIONES • Reducción de hasta el 75% de la jornada. Retribución proporcionalmente reducida. • Se podrá autorizar que la reducción de jornada se acumule en jornadas completas, siempre que sea compatible con la naturaleza del puesto de trabajo y con las necesidades del servicio. • Deberá solicitarse con una antelación de al menos 15 días al inicio de cada trimestre escolar y su concesión se hará coincidir con el mismo. • La solicitud del tercer periodo no incluye el mes de agosto. • El cómputo para el personal docente se realizará, obligatoriamente, haciéndolo coincidir con los siguientes periodos: • Primer periodo: desde el inicio del curso escolar, en el mes de septiembre, hasta el descanso de Navidad. • Segundo periodo: desde el mes de enero del curso escolar hasta el descanso de Semana Santa. • Tercer periodo: desde el reinicio del periodo escolar posterior al descanso de Semana Santa hasta el 31 de julio del curso escolar. • Los docentes que disfruten de reducción de jornada tendrán derecho a solicitar la franja horaria para aplicarla. Se aplicará siempre que no condicione las normas generales sobre impartición de materias y/o elección de grupos. • Transcurridos 10 días de plazo desde la solicitud sin resolución expresa, se entiende estimada y por tanto concedido el permiso.

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