Boletín Custodia y patria potestad

6 Custodia y patria potestad DERECHO A LA INFORMACIÓN DE LOS PROGENITORES En los supuestos de patria potestad compartida ambos progenitores tienen derecho a recibir la misma infor- mación sobre las circunstancias que concurran en el proceso educativo del menor lo que obliga al centro a garantizar la duplicidad de la información relativa al proceso educativo de sus hijos. Los centros actuarán con los siguientes criterios: • El padre o madre no custodio deberá solicitar esta información por escrito al centro , acreditando su identidad (DNI/ NIE) y sus derechos paterno-filiales (Copia del libro de familia y de la sentencia o convenio re- gulador que acredite que comparte la patria potestad). En los casos de separación de hecho, tendrá el mismo valor que la sentencia el acuerdo al que lleguen los progenitores sobre estos extremos, siempre que conste en documento público, y de no existir todavía resolución judicial o acuerdo, no se denegará la información, salvo que uno de los progenitores aporte una resolución judicial o acuerdo fehaciente en distinto sentido. • De la solicitud y de la copia de la resolución judicial o convenio aportada se dará traslado al progeni- tor/a que tiene bajo su custodia al menor , al único fin de que pueda aportar, en su caso, en el plazo de diez días una resolución judicial posterior que restrinja sus derechos parentales, y las alegaciones que estime conve- nientes. En ningún caso se consideran documentos relevantes para denegar la información al progenitor/a no custodio las denuncias, querellas, demandas, reclamaciones extrajudiciales de cualquier índole, o cualquier otro documento que no sea una resolución judicial. • Si la última resolución judicial aportada no establece algún tipo de medida penal de prohibición de comuni- cación con sus hijos, el centro deberá duplicar los documentos relativos a la evolución académica del alumno • El derecho de ambos progenitores a recibir información incluirá:  El der echo a recibir las calificaciones escolares e información verbal.  La información facilitada por los tutores/as, por lo que se les deberá facilitar a ambos los horarios de tutoría.  El calendario escolar y el programa de actividades escolares y extraescolares.  El calendario de fiestas y celebraciones del Centro.  En caso de accidentes y enfermedades se ha de llamar al padre y a la madre.  El listado de ausencias, motivo de las mismas y justificación, si éstos lo solicitasen.  El tratamiento médico que pudiera estar recibiendo en el Centro escolar.  El menú del comedor escolar.  Las condiciones higiénicas, físicas, y alimentarias llegan sus hijos al colegio.  El calendari o de elecciones al Consejo Escolar.

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