Elección y renovación de Consejos Escolares
10 Elección y renovación de CONSEJOS ESCOLARES en Castilla-La Mancha 2022 3 INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. Decreto 93/2022, de 16 de agosto. Composición del Consejo Escolar en Institutos de Educación Secundaria Institutos con menos de 8 uni- dades Institutos con 8 unidades y hasta 22 unidades Institutos con más de 22 unidades • El Director/a que será su presi- dente. • Jefatura de Estudios. • 4 Docentes elegidos por el Claus- tro. • 2 Representantes de padres y madres o tutores legales de los alumnos. • 2 Representantes del alumnado. • Un representante del personal de Administración y servicios. • Un Concejal o representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se ubica la sede del Centro. • El Secretario/a, que actuará como Secretario del Consejo, con voz, pero sin voto. • El Director/a que será su presidente. • Jefatura de Estudios. • 5 Docentes elegidos por el Claustro. • 2 Representantes de padres y ma- dres o tutores legales de los alum- nos. • 3 Representantes del alumnado. • Un representante del personal de Administración y servicios. • Un Concejal o representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se ubica la sede del Centro. • El Secretario/a, que actuará como Secretario del Consejo, con voz, pero sin voto. • El Director/a que será su presidente. • Jefatura de Estudios. • 7 Docentes elegidos por el Claustro. • 3 Representantes de padres y madres o tutores legales de los alumnos. • 4 Representantes del alumnado. • Un representante del personal de Ad- ministración y servicios. • Un Concejal o representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se ubica la sede del Centro. • El Secretario/a, que actuará como Se- cretario del Consejo, con voz, pero sin voto. 2 CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. Decreto 93/2022, de 16 de agosto. Composición del Consejo Escolar en Centros de Educación Especial a) La persona responsable de la dirección del centro, que ejercerá la presidencia. b) Una persona que ejerza la jefatura de estudios c) Cuatro docentes elegidos por el claustro. d) Cuatro personas representantes de los padres y madres o tutores legales del alumnado. e) Una persona representante del personal de atención educativa complementaria. f) Una persona representante del personal de Administración y servicios. g) Un concejal o una concejala o representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se ubica la sede del centro. h) La persona responsable de la Secretaría del centro, que actuará como secretario o secretaria del Consejo Escolar, con voz, pero sin voto. Renovación por mitades. Se renovará por mitades cada dos años de forma alternativa: Renovación en Centros de Educación Especial 1ª Renovación • 2 Docentes. • 2 Padres • 1 Representante del personal de aten- ción educativa complementaria. 2ª Renovación • 2 Docentes. • 2 Padres • 1 Representante del personal de atención educativa complementaria.
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