Boletin resumen Orden 32

6 Resumen puntos importantes Orden 32/2018 5. ESTADO DE DISPONIBILIDAD EN LAS BOLSAS Los aspirantes que formen parte de una o varias bolsas de trabajo podrán modificar el estado de disponibilidad con- juntamente para todas las bolsas en las que estén incluidos , sin causa justificada, en los siguientes momentos: 1. Durante el plazo y conforme a lo establecido en la convocatoria del proceso de renovación de interinidades. 2. Desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la adjudicación provisional de plazas previa al inicio de curso hasta el día que establezca dicha resolución. 3. Desde el día siguiente a la publicación de la resolución de la adjudicación definitiva de plazas previa al inicio de curso, hasta el 31 de diciembre del curso escolar. No será posible la modificación del estado de disponibilidad el mismo día en el que se produzca una ad- judicación de plazas . A partir del 1 de enero del curso escolar y hasta su finalización, únicamente será posible ponerse no dis- ponible con una causa justificada , como: a) Enfermedad. b) Por la prestación de servicios en el sector público, o desempeño de actividad laboral por cuenta propia o ajena. c) Tener a su cargo a un hijo menor de tres años o familiar (hasta 2º grado) que no pueda valerse por sí mismo (por enfermedad o incapacidad) ni tenga actividad retribuida. Estos supuestos sólo podrán alegarse una vez durante el curso escolar. d) Hallarse disfrutando de los períodos de descanso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento, o por encontrarse disfrutando de otros permisos o licencias previstos legalmente. e) Las situaciones derivadas de la violencia de género. 6. CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LAS BOLSAS a) No aceptar el puesto de trabajo adjudicado sin causa justificada, como puede ser: enfermedad, cuidado de hijo menor de tres años, cuidado de familiar hasta segundo grado, maternidad, paternidad, adopción o acogimien- to, violencia de género y causa de fuerza mayor libremente apreciada por la Administración. b) No hacer efectiva la toma de posesión del puesto de trabajo. c) Renunciar al puesto una vez formalizada la toma de posesión. Es este supuesto, si el aspirante está integrado en otras bolsas, permanecerá en estado de no disponibilidad en el resto de bolsas durante el curso escolar en el que se formaliza la renuncia. d) No acreditar documentalmente los requisitos de competencia profesional necesarios para el cuerpo y la espe- cialidad. e) Falta de capacitación y de rendimiento para el desempeño de las tareas docentes. En este supuesto, el aspiran- te es excluido de todas las bolsas de las que forma parte. f) No renovar la permanencia en las bolsas de aspirantes a interinidades. g) Imposición de sanción disciplinaria de separación del servicio. En este supuesto, el aspirante es excluido de todas las bolsas de las que forma parte.

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