Boletin resumen Orden 32

4 Resumen puntos importantes Orden 32/2018 2. REQUISITOS DE ACCESO A LAS BOLSAS DE INTERINOS Los aspirantes que quieran formar parte de las bolsas de trabajo deben cumplir una serie de requisitos generales (nacionalidad, edad mínima, etc.) y específicos. Estos últimos son:  Titulación específica según especialidad (Anexo II de la Orden 32/2018) Quedan exentos de cumplir el requisito de titulación específica los aspirantes que acrediten alguna de las si- guientes condiciones: – Haber obtenido una calificación igual o superior a cinco puntos sobre diez en la primera prueba de la especialidad de la fase de oposición de cualquier proceso selectivo convocado en la comunidad autóno- ma de Castilla-La Mancha desde el 01/01/2013. – Haber desempeñado puestos del cuerpo y la especialidad correspondiente en centros públicos docentes durante veinte meses.  Certificado de Aptitud Pedagógica o título oficial de máster que acredite la formación pedagógica y didáctica. Para el desempeño de plazas con perfil bilingüe se requiere la competencia lingüística (nivel B2 o superior) esta- blecida en la Orden de 14/10/2016. 3. ACTUALIZACIÓN DE LAS BOLSAS ESPECIALIDADES EN LAS QUE HAYA PROCESO SELECTIVO Los aspirantes a interinidades que formen parte de una o varias bolsas de trabajo ordinarias de un cuerpo y especialidad en la que se convoque proceso selectivo de ingreso por la Administración educativa de Castilla-La Mancha, deberán presentarse al proceso selectivo convocado por cualquier Administración educativa en cualquier cuerpo y especialidad para permanecer en bolsa . En todo caso, deberán presentar solicitud de participación en la especialidad del proceso selectivo convocado por la comunidad autónoma de Cas- tilla-La Mancha en la que quieran permanecer , así como los méritos para su baremación en las condiciones reguladas en la convocatoria. En el caso de presentarse en otra Administración educativa, para permanecer en la bolsa de trabajo de origen, deberán presentar certificación expedida por el tribunal correspondiente. A estos efectos, se considera que un aspirante se ha presentado al proceso selectivo si se ha presentado al primer ejercicio de la primera prueba del mismo. En ningún caso podrán hacer valer la nota obtenida en otra Administración educativa para ser rebaremados en las bolsas de Castilla-La Mancha, excepto aquellos opositores que lo hicieron en las convocatorias realizadas entre el 2013 y el 2016. Los participantes en el proceso selectivo que no formen parte de la bolsa de trabajo ordinaria de la espe- cialidad por la que se presentan, pasarán a integrarse en dicha bolsa si obtienen una calificación igual, o superior, a cinco puntos sobre diez en la primera prueba de la fase de oposición del proceso selectivo de ingreso convocado por la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. Si no obtienen dicha calificación, pa- sarán a integrarse en una bolsa de reserva , ordenados por la nota obtenida.

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